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Los memes o GIF podrían ser bloqueados por algoritmos, según el nuevo reglamento de la UE

Se aproximan cambios dentro de los reglamentos y directivas de la Unión Europea que pueden afectar directamente a todos los negocios. Uno de ellos afecta al proceso de compra a través de Internet y, el segundo, a los contenidos que se publican en la red

Publicado en Madrid el en Internacional, Nacional, Derecho, Comunicación, Marketing, Emprendedores, E-Commerce por

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Fotografia Novedades importantes en los dos reglamentos y directivas

Tras el revuelo que causó el Reglamento General de Protección de Datos (GDPR) en 2018, se avecina una serie de cambios en los reglamentos y directivas de la Unión Europea que van a traer a escena unas cuantas novedades.

En concreto, se va a producir una autenticación reforzada de cliente (strong customer authentication o SCA en sus siglas en inglés) y una nueva regulación para los derechos de propiedad intelectual.

Aunque todas las dudas que puedan surgir pueden leerse en este post, los temas más urgentes que se deben revisar a corto plazo son los que se relacionan con la comunicación online. En concreto, habrá que poner mucha atención a:

Los derechos de autor
Si las marcas no quieren que sus contenidos acaben bloqueados por plataformas como Facebook o YouTube, tendrán que hacer un importante ejercicio de análisis en la generación de contenidos. Será vital comprobar que no se están infringiendo los derechos de autor con músicas, adaptaciones de imágenes, etc. De lo contrario, los contenidos nunca llegarán a ver la luz.

Los permisos expresos del autor a cuando se comparta cualquier contenido
La regulación pondrá mucho foco en los contenidos producidos por terceros, aunque tengan que ver con la marca que los comunica. Si, por ejemplo, se quiere publicar en Instagram la foto que ha hecho un usuario de un hotel, habrá que pedir previamente su permiso expresamente para poder demostrar que ha cedido los derechos para utilizarla.

Especial cuidado con los memes o los GIFs
Respecto a los contenidos "ligeros" como los memes o los GIF, quizás los algoritmos terminen por bloquearlos. Aunque es un contenido adaptado para fines artísticos o humorísticos, algunos juristas tienen dudas sobre si se podrán utilizar o no.

De todos modos, cabe recalcar que todavía no se ha trasladado este nuevo reglamento al ordenamiento español; por lo que habrá que esperar a entonces para saber con claridad en qué medida afecta a las empresas y personas que viven u operan en la Unión Europea.

Datos de contacto

Luis Núñez

667574131

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