Un Juzgado de Lucena anula una serie de contratos comercializados por la entidad Banco Popular a varios clientes, por un total de 84.000 euros . El producto, denominado "Bonos subordinados obligatoriamente convertibles en acciones de Banco Popular" propició que los los afectados tuvieran su inversión convertidas en acciones de dicho Banco, habiendo sufrido grandes pérdidas. La Sentencia concluye que no se dio la correcta y necesaria información a los afectados, que verán resarcidos sus derechos económicos