La nueva norma forma parte de un conjunto de reformas que busca impulsar el emprendimiento y la innovación en el país
El jueves 22 de diciembre de 2022, el Boletín Oficial del Estado publicó el texto definitivo de la Ley 28/2022, de 21 de diciembre, de fomento del ecosistema de las empresas emergentes, también conocida como la ley de las startup.
Su entrada en vigor supone un cambio legislativo importante desde el punto de vista fiscal e inversor, introduciendo ciertas ventajas y estímulos para los inversores y para la propia empresa en busca de una mayor atracción de capital.
¿Qué empresas se pueden beneficiar? Según Sant Cugat Consulting, despacho de referencia en el Vallès en el ámbito de la gestión, la fiscalidad y el derecho de empresa, ‘uno de los aspectos más relevantes de la ley es la definición de lo que se considera empresa emergente (startup), puesto que la aplicación de sus ventajas sólo se hará sobre las empresas y sociedades que cumplan una serie de requisitos’.
Así pues, deberá tratarse de empresas de nueva creación, o que carezcan de una antigüedad superior a 5 años (o 7 años, en el caso de determinados sectores como el biotecnológico, energético, o industrial); que no hayan surgido de una operación de fusión, escisión o transformación; que no hayan distribuido dividendos ni coticen en ningún mercado regulado; que se encuentren localizadas en España; que tengan al menos un 60% de plantilla con contrato laboral también en España; y que desarrollen un proyecto de emprendimiento innovador con un modelo de negocio escalable con una serie de requisitos.
Incentivos Fiscales "El mayor grosor de la ley se centra en introducir diferentes incentivos y estímulos fiscales para la propia startup, así como para los inversores de la misma. La principal consecuencia de que una empresa se la considere como una empresa emergente es la reducción en el tipo impositivo del Impuesto de Sociedades y el Impuesto sobre la Renta de No Residentes", afirma Pep Gil, responsable del departamento jurídico de Sant Cugat Consulting.
Esta reducción significará que las empresas emergentes tributarán al tipo del 15% en los primeros cuatro ejercicios; la posibilidad de aplazar la deuda tributaria del impuesto de sociedades o sobre la renta de no residentes en los dos primeros ejercicios; autorización para adquirir autocartera hasta un 20% para entregar a los administradores, empleados y colaboradores de la empresa; exención fiscal de hasta 50.000 euros para las llamadas stock options; y se eleva la deducción del IRPF a la inversión de 60.000 a 100.000 euros y del 30% al 50%, además de facilitar los trámites para inversores extranjeros.
En relación a los conocidos "nómadas digitales", es decir, las personas que trabajan telemáticamente moviéndose por diferentes países, también se ha mejorado el tratamiento fiscal. Se ha disminuido el número de períodos impositivos anteriores al desplazamiento a territorio español durante los cuales el contribuyente no puede haber sido residente fiscal en España, que pasa de 10 a 5 años.
Además, un cambio muy importante respecto a la cotización a la Seguridad Social es que, en caso de que un emprendedor trabaje simultáneamente por cuenta ajena para otro empleador, recibirá una bonificación del 100% de la cuota en la Seguridad Social durante los tres primeros años.
Agilización de trámites "Finalmente, la ley ayudará a agilizar ciertos trámites en la constitución de este tipo de sociedades. Adicionalmente a la eliminación de la obligatoriedad de conseguir un NIE para inversores extranjeros, también cabe añadir la posibilidad de que una sociedad pueda constituirse en un plazo de 6 horas y de forma completamente digital", concluye Pep Gil.
Más sobre Sant Cugat Consulting Sant Cugat Consulting, fundado en 1993, es un despacho de referencia en el tejido corporativo del Vallès en el que tanto las personas físicas como las jurídicas encontrarán el asesoramiento necesario para dirigir su negocio hacia la consecución de resultados y conseguir éxito empresarial.
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