El Despacho Pagés Abogados Divorciobarcelona.es expertos en derecho de familia, y con numerosos clientes que contactan consultando sus dudas sobre los problemas de una herencia tras un incapacidad ha querido explicar la relación e implicaciones entre herencias y casos de incapacidad
Un accidente, una demencia por la edad, puede hacer perder la capacidad y el juicio mental, como abogados de familia Despacho Pagés Abogados (Divorciobarcelona.es) quiere ofrecer posibles soluciones a la grave problemática que plantea un hecho imprevisto de esta naturaleza explicando los conceptos básicos que interviene en estos casos.
La auto tutela y el poder preventivo. Los mecanismos legales del poder preventivo y de la auto tutela, otorgados ante notario, son muy convenientes, porque se puede regular la persona que se encargue de la administración si se sufre una incapacitación.
Se pueden regular todos los aspectos, no solo los económicos, sino el lugar donde se quiere vivir y la persona que asuma el cuidado de los hijos. El poder preventivo tiene una aplicación directa ya que certificada la discapacidad, permite la actuación directa del representante. Mediante la auto tutela, se nombra un tutor, que necesita autorización legal para los actos patrimoniales, pero puede actuar directamente en el ámbito personal y familiar.
Al estar incapacitado y recibir una herencia ¿qué trámites deben hacerse?. Si ya tuviera la figura de la autotutela o del poder preventivo se puede aceptar en cualquier caso siendo conveniente que se haga bajo beneficio de inventario. En caso contrario se deberá iniciar un expediente de incapacitación, ante el Juez, en que se deben presentar todos los informes médicos, y tras examen por el médico forense, el Juez dictará una sentencia en que nombrará un tutor legal.
Este tutor judicial puede aceptar la herencia, y administrarla debiendo dar cuenta de sus gestiones al juez cada año. En el Despacho Pagés, Abogados de herencias en Barcelona, está disponible para tratar todo los asuntos relacionados con el derecho de familia, herencias, e incapacitaciones.