El pasado 21 de diciembre, como en el anuncio de la lotería de Navidad, a muchos hipotecados les tocó de manera inesperada su particular Gordo de Navidad. El Tribunal de Justicia de la Unión Europea reconocía la retroactividad total sobre la nulidad de las cláusulas suelo desde el momento de la firma del contrato (y no desde 2013 como había estimado el Tribunal Supremo en España), lo que en la práctica obliga a las entidades a devolver todo lo cobrado en exceso por su aplicación, unos 4.000 millones de euros según diversas estimaciones.
Pero, ¿podría afectar esta sentencia a las pymes y autónomos? En principio, no está claro, pues el fallo solo se refiere a consumidores, así que habrá que determinar si el autónomo o la pyme estaba actuando como un consumidor o como un profesional.
En este contexto, a muchas personas les podría surgir una pregunta evidente: ¿cuándo se considera que un autónomo actúa como profesional o como consumidor? La clave, según diversos especialistas consultados por Cinco Días, radica en si la operación se ha realizado de forma habitual, pues en el supuesto de realizar este tipo de operaciones de forma asidua en un período relativamente corto de tiempo se podría considerar que se está realizando una actividad profesional.
Bajo este supuesto, se podrían plantear otros condicionantes que podrían ser de aplicación para el caso de la nulidad de las cláusulas suelo, como el ánimo de lucro. Sin embargo, un profesional podría perfectamente haberse hipotecado con el fin de adquirir un local como inversión, donde el ánimo de lucro existe, pero la clausula podría ser perfectamente nula al no detectarse una compra con carácter profesional.
En cualquier caso, para que la entidad devuelva el dinero cobrado de más por la aplicación de las clausulas suelo, será necesario comenzar una acción judicial contra el banco y, durante el proceso, demostrar que como pymes o autónomos actuábamos como consumidores, y no como profesionales.
La noticia ¿Afectará la nulidad de las cláusulas suelo a las pymes y autónomos? fue publicada originalmente en Pymes y Autonomos por Diego Lorenzana .