Con la entrada en vigor de la modificación de la Ley de Bases de Régimen Local, 7/1985, el pasado 2 de abril, y concretamente de su artículo 46.3, ante la inusual situación de emergencia sanitaria y confinamiento, se abre la posibilidad de usar los avances tecnológicos para que los ayuntamientos sigan trabajando de manera segura y efectiva, celebrando, por ejemplo, sesiones telemáticas de plenos u otros órganos colegiados