Las organizaciones del sector de la formación para el empleo ANCYPEL y CECAP reclaman que se destinen los fondos provenientes de la cuota de formación profesional a la financiación del sistema de formación profesional para el empleo en el ámbito laboral y se incorporen los remanentes de crédito provenientes de la cuota de formación profesional a los Presupuestos Generales del Estado
El BOE del día 1 de marzo publicaba la Ley de Empleo, que en su artículo 65 establece una fórmula inexistente hasta ahora que altera el destino del remanente de los fondos de formación profesional en el ámbito laboral: "Cuando el remanente de tesorería afectado a financiar el Sistema de Formación Profesional para el Empleo, calculado a 31 de diciembre de cada ejercicio, supere los dos mil millones de euros durante dos ejercicios consecutivos, [...] , podrá acordarse su aplicación en el ejercicio siguiente, para financiar programas o servicios de políticas activas de empleo siempre que incluya la mejora de las competencias profesionales, en la cuantía máxima que exceda los dos mil millones de euros citados".
El carácter finalista de la cuota de formación profesional para el empleo, la unidad de caja y la obligación que impone al Gobierno la Disposición adicional octava del Real Decreto 395/2007 de articular "las fórmulas y las medidas que sean necesarias para que los fondos con destino a la formación para el empleo provenientes de la cuota de formación profesional sean aplicados en su totalidad a la financiación de las iniciativas de formación recogidas en este Real Decreto" evidencian que los remanentes de crédito de las cuotas de formación profesional de un ejercicio deben incorporarse al ejercicio posterior. Cabe considerar que "la aplicación de los remanentes de crédito a la misma finalidad formativa es una potestad de la Administración desvirtúa la concepción legal del sistema, y es contrario al carácter finalista de la totalidad de los ingresos provenientes de la cuota de formación profesional que determina la normativa de aplicación".
Desde las organizaciones del sector de la formación para el empleo, ANCYPEL (Asociación Nacional de Centros y Proveedores de e‐Learning ) y CECAP (Confederación Española de Empresas de Formación) solicitan al Ministerio de Trabajo atienda las recomendaciones del Defensor del Pueblo respecto al uso y destino de los fondos de formación profesional en el ámbito laboral:
Destinar los fondos provenientes de la cuota de formación profesional a la financiación del sistema de formación profesional para el empleo en el ámbito laboral de acuerdo con el carácter finalista de los mismos y en los términos previstos en la Ley 30/2015, de 9 de septiembre. Articular las medidas necesarias para la incorporación de los remanentes de crédito provenientes de la cuota de formación profesional a los Presupuestos Generales del Estado tramitando los expedientes de modificación presupuestaria pertinentes, de acuerdo con lo previsto en la Disposición adicional octava de la Ley 30/2015, de 9 de septiembre y en aplicación de lo dispuesto en la Disposición adicional octava del Real Decreto 395/2007, de 23 de marzo.Así mismo reclaman al Ministerio de Trabajo que apueste por la formación de los trabajadores de este país a través de la publicación de convocatorias plurianuales y en régimen de concurrencia competitiva evitando que transcurran períodos amplios de tiempo sin que haya formación en el ámbito laboral; tal y como ocurre en la actualidad.
La formación continua es un derecho de todos los ciudadanos y una inversión con retorno en la mejora de la adquisición de competencias profesionales de estos y en la competitividad de las empresas.
Sobre Ancypel La Asociación Nacional de Centros y Proveedores de e-Learning ANCYPEL, constituida en 1977 al amparo de la Ley 19/1977, es la principal organización empresarial de ámbito nacional que integra a los centros privados más importantes de enseñanza e-learning y distancia, a los proveedores de contenidos e-learning, plataformas de teleformación, LMS y aplicaciones tecnológicas relaciones con la teleformación. Tiene por objeto la representación, gestión y defensa de los intereses comunes de sus asociados, así como el fomento, promoción y desarrollo de la enseñanza a distancia tradicional, on-line y mixta en cualquiera de sus modalidades, incluyendo la teleformación, así como cualesquiera nuevas tecnologías aptas para la mejor consecución de los objetivos formativos propuestos, la defensa de los intereses de los proveedores de e-learning, promover la formación, el conocimiento, la utilización y el desarrollo de los servicios y productos de formación mediante medios telemáticos.
ANCYPEL es la nueva denominación de la organización empresarial que da continuidad a la gestión iniciada por ANCED desde el año 1977 (Asociación Nacional de Centros de e-Learning y Distancia) y APeL constituida en el año 2001 (Asociación de Proveedores de e-Learning), tras la absorción de APeL en ANCED.
Sobre CECAP La Confederación Española de Empresas de Formación (CECAP) es la organización empresarial representativa en España del Sector de la Formación. Los centros de enseñanza asociados a CECAP se encuentran agrupados en Organizaciones Miembro de la Confederación, con implantación en todas las Comunidades Autónomas.
En CECAP están asociados toda clase de empresas que imparten Enseñanza y Formación (idiomas, oposiciones, escuelas de negocio, enseñanza a distancia, formación ocupacional y continua, clases de recuperación o preparación para el acceso a la Enseñanza Reglada, son algunas de sus actividades).
Entre sus principales cometidos figura el de potenciar y coordinar la actividad de sus miembros para la mejor defensa de sus intereses, así como velar por la calidad de la oferta educativa de los centros de formación del país.