Foto: Leo Cobo
Tras la publicación el pasado 6 de noviembre en el BOE de la Cartera Común del Sistema Nacional de Salud en la que se negaba el acceso a las técnicas de reproducción asistida a mujeres sin pareja varón, algunas CCAA han mostrado su negativa a hacerse cómplices de tal discriminación.
Recientemente el juzgado 18 de lo Social de Madrid ha condenado a la Consejería de Sanidad madrileña por vulnerar el derecho fundamental de una pareja de mujeres al ser discriminadas por su orientación sexual, tras negársele un tratamiento de reproducción asistida en un hospital de asistencia pública de esta Comunidad
La sentencia aclara que la ley sobre técnicas de reproducción asistida establece el derecho a la asistencia de la misma con independencia de la orientación sexual y añade que las normas de rango inferior —como es una orden ministerial— no pueden ir contra lo dispuesto en aquella.
A día de hoy la mayoría de CCAA ha mostrado su intención de ofrecer un acceso a la reproducción asistida libre de discriminación por orientación sexual o estado civil.
“No se puede legislar de espaldas a los valores constitucionales de no discriminación, ni se puede consentir que el acceso a este servicio dependa del lugar donde se viva. Los derechos han de estar garantizados en todo el territorio del Estado”, ha dicho Isabel Gómez, portavoz de la Federación Española de Lesbianas Gays Transexuales y Bisexuales (FELGTB).