El Consejo de Ministros aprobará próximamente un nuevo Reglamento de Vehículos Históricos pudiendo quedar exentos de pasar la ITV los vehículos con una antigüedad destacable. En algunos países de la Unión Europea, como Francia e Irlanda, ya se eximen a estos vehículos de realizar la revisión periódica. Con estos cambios se pretende fomentar la conservación y el conocimiento del patrimonio cultural e industrial automovilístico (no en vano, España siempre ha ocupado un nivel destacado en la fabricación de vehículos, y actualmente está considerado el segundo mayor fabricante de vehículos a nivel europeo).
¿Qué es un vehículo histórico?
Es un vehículo reconocido expresamente por la administración, quedando protegido por sus singulares características o por reunir todas las condiciones exigidas en el Reglamento que regula este tipo de vehículos, pudiendo clasificarse como:
- Grupo A: vehículos matriculados en España que tengan una antigüedad de fecha de fabricación superior a 30 años, con la ITV en vigor.
- Grupo B: resto de vehículos que no cumplan los requisitos del apartado anterior (ej. los importados de otro país con una fecha de fabricación superior a 30 años, o los considerados como bien de interés cultural, o aquellos que por su singularidad se incluyan como vehículos de colección).
¿Cuál es el proceso actual para matricular un vehículo como histórico?
Para todos los vehículos en circulación de más de 30 años el proceso a seguir es el siguiente:
- Emisión de informe técnico por un Servicio Técnico de Vehículos Históricos (incluye la ficha reducida, y las exenciones y limitaciones propuestas, así como su condición de originalidad).
- Resolución de catalogación por los servicios de Industria de la Comunidad Autónoma.
- Inspección técnica para la emisión de una nueva tarjeta por una estación ITV.
- Matriculación histórica por la Jefatura de Tráfico.
Con el nuevo Reglamento se pretende facilitar el proceso de matriculación de vehículo histórico con un trámite abreviado, no siendo necesario realizar los pasos 1, 2 y 3 en el caso de que el vehículo esté incluido en el Grupo A, cumplimentándose un modelo de declaración responsable cuyo formato definirá la DGT y que habilitará un nuevo destino para el vehículo: "Histórico". Pero también para los vehículos incluidos en el Grupo B se acelera el servicio, dado que se omite el paso 2 anteriormente descrito.
¿Cuál será la nueva periodicidad?
A continuación se resumen como serán las nuevas periodicidades:
- Antigüedad de hasta 40 años: frecuencia bienal en la ITV
- De 40 a 45 años: frecuencia trienal
- Más de 45 años: frecuencia cuatrienal
- Motocicletas: cuatrienal
- Ciclomotores: exentos
- Anteriores a 1950: exentos
El futuro nuevo Reglamento indica: aquellos vehículos clasificados como históricos que fueron fabricados o matriculados por primera vez con anterioridad al 1 de enero de 1950 así como los ciclomotores clasificados como históricos, con independencia de su antigüedad, quedarán exentos de someterse a la inspección técnica de vehículos, sin perjuicio de que los titulares de estos vehículos podrán someterlos a ITV voluntarias.
¿Cuál será el nuevo proceso de ITV?
Debido a las particularidades de los Vehículos Históricos, se tiene previsto que el Ministerio de Industria, Comercio y Turismo modifique el actual Manual de Procedimiento de Inspección de Estaciones ITV para introducir una sección específica reguladora de las pruebas de inspección para estos vehículos.
A efectos de obtener la clasificación como vehículo histórico para los vehículos del Grupo B, el titular tiene que solicitar a la ITV una inspección para la emisión de una tarjeta ITV una vez verificados los datos que aparecen en el informe del Servicio Técnico de Vehículos Históricos. Y para los vehículos del Grupo A, cuando les venza la ITV, se les concederá la nueva periodicidad asociada al destino definido en la DGT como "Histórico".
DEKRA ITV
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