El 11 de Enero del 2015 entró en Vigor la nueva normativa en la DGMM que regula los títulos para el Gobierno de Embarcaciones de Recreo, desde Escuela Náutica Baluma van a hacer un resumen de los cambios más significativos de esta nueva normativa, en relación a las atribuciones de cada título
Por experiencia en la academia náutica Baluma saben que muchos alumnos aún no están familiarizados con los cambios más recientes de la normativa para títulos de embarcaciones de recreo. Por eso van a explicar todos los cambios por título para mejor entendimiento.
Autorización Federativa (Titulín) Este título pasa a llamarse Licencia de Navegación y permite llevar embarcaciones hasta los 6 metros de eslora pero con una potencia limitada a 55 cv, navegación diurna y hasta 2 millas de puerto o lugar de abrigo. Anteriormente era expedido por las Federaciones de Vela y de Motonáutica, ahora lo expiden tanto las Federaciones como las Escuelas Náuticas, ambas tienen que cumplir una serie de requisitos. Y permite el gobierno de embarcaciones hasta los 6 metros pero sin límite de potencia, solo la que ponga el fabricante de la embarcación. Es decir la potencia adecuada a la embarcación, en relación a las millas se queda igual.
Este título no lleva examen, solo se deben realizar 4 horas de Prácticas y dos horas de Teoría en cualquier academias o federación homologadas.
Patrón de Navegación Básica (PNB) Este Título antes permitía el gobierno de embarcaciones a Motor hasta 7,5 metros de eslora y a Vela hasta 8 metros y navegar hasta una distancia de 5 millas de puerto o lugar de abrigo. Ahora se ha unificado la eslora a 8 metros, ya sea motor o Vela. Se debe realizar un examen ante la DGMM y realizar unas Prácticas Obligatorias de Motor con una duración de 8 Horas y unas Prácticas de Radio de 4 horas de las cuales dos serán de Práctica y otras dos de teoría.
Patrón de Embarcaciones de Recreo (PER) Este es el título más demandado, antes habilitaba el gobierno de embarcaciones hasta 12 metros de eslora y 12 millas de la costa, con navegación entre las Islas en los archipiélagos Balear y Canario (una vez en esos archipiélagos) y se podía obtener una habilitación especial para el gobierno de embarcaciones a Vela realizando unas prácticas específicas de Vela. Además se podía obtener el título a partir de los 16 años con permiso paterno.
Los cambios con la aplicación de la nueva normativa son:
-- Solo pueden obtener el título los mayores de 18 años.
-- Es posible llevar Barcos hasta 15 metros de eslora.
-- Se hacen modificaciones en el Temario y se anulan las asignaturas de radio y propulsión.
-- El examen pasa de 75 preguntas a 45 preguntas.
-- Se deberá realizar el curso de Operador de Corto Alcance con una duración de 12 horas, este curso tendrá validez para todas las titulaciones.
-- La Práctica Obligatoria de Seguridad, (mal llamada práctica de motor) se deberá hacer en aguas abiertas, es decir en el mar, y tendrá una duración de 16 horas.
-- La Práctica para la habilitación del título a Vela se puede hacer en los Pantanos o en el mar y tendrá una duración de 16 horas.
-- Se pone una nueva práctica de 24 horas de duración, Práctica de Travesía, con la realización de esta práctica se habilita el título para el gobierno de embarcaciones hasta 24 metros de eslora y poder ir desde cualquier parte de la península hasta las Islas Baleares.
Patrón de Yate Con este título antes se podía gobernar embarcaciones de hasta 20 metros de eslora y navegar hasta una distancia de 60 millas de la costa. Con la entrada en vigor de la nueva normativa se puede gobernar embarcaciones de hasta 24 metros de eslora, hasta 150 millas de la costa y por todo el Mediterráneo. Igualmente se modifica el temario.
Capitán de Yate Las modificaciones en este título son básicamente en el Temario.
Para todos aquellos que os queráis informar con más profundidad podéis encontrar toda la información en el RD 875/2014.
La Escuela Náutica Baluma está homologada y ofrece una gran oferta de cursos, siendo 4 el mínimo de alumnos requeridos y máximo 12.