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El medio n° 1 de notas de prensa en España

El ICAA abre a información pública la Orden Ministerial por la que se regulan las nuevas ayudas a proyectos

Los interesados podrán presentar las alegaciones que consideren oportunas para perfeccionar el cambio de modelo de financiación del cine

Publicado en el en Nacional, Finanzas, Cine, Artes Visuales por

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El Instituto de la Cinematografía y las Artes Audiovisuales (ICAA) ha publicado hoy en la página web del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte el borrador de la Orden Ministerial por la que se regulan las nuevas ayudas generales y selectivas a la cinematografía y el audiovisual. Con esta medida, abre el texto a información pública para que los interesados puedan comunicar las alegaciones que consideren oportunas.

El nuevo modelo de financiación del cine parte de la base del mantenimiento de ayudas generales, destinadas a películas de carácter más industrial, y ayudas específicas, para nuevos realizadores, de carácter independiente o con un valor cinematográfico preeminentemente cultural. El borrador de Orden Ministerial también establece las bases para la regulación de otras ayudas, como las ayudas a la distribución, a la participación de películas españolas en festivales y a la organización de festivales y certámenes.

Cabe señalar que con el nuevo sistema de ayudas:

- Se asignan mediante criterios objetivos y puntuables, que garantizan la búsqueda del éxito comercial de la película

- Desde la adjudicación de la ayuda se tiene la certeza de la cantidad asignada

- Se pagan progresivamente adecuándose a las necesidades del proceso productivo

- Se garantiza que un mayor porcentaje de la ayuda va destinada directamente a la producción al disminuir considerablemente los intereses de los posibles créditos

- Se elimina la referencia al número de espectadores como variable para adjudicar la ayuda

Sobre las ayudas generales

El crédito anual destinado a estas ayudas se asignará en concurrencia competitiva, mediante una convocatoria abierta con dos o tres fases cada año. Esto supone que habrá dos o tres momentos de concurrencia anual en el que se asignará la cuantía convocada cada vez.

Para presentarse a la convocatoria, deben cumplirse unos requisitos de acceso:

- Que el proyecto tenga un coste mínimo de 1 millón de euros, cantidad que disminuye a 700.000 € para películas en lenguas cooficiales, coproducciones internacionales y documentales

- Que el 50% del gasto revierta en España, tanto si el rodaje es en España como si es en otro Estado

- Que tenga asegurado el 40% de la financiación del proyecto mediante contratos con televisión o distribuidores, ayudas públicas, inversores, etc.

- Que un 15% del presupuesto esté destinado a copias y publicidad, para asegurar que no sólo se produce si no que se invierte en la difusión de la película

- Que su estreno se simultáneo en al menos 40 cines del territorio español

Estos requisitos se comprobarán en el momento del reconocimiento de coste, momento en el que se liquida el último pago. Si no se cumplen, la consecuencia es la devolución de la ayuda puesto que se pierde el derecho a la misma.

Una vez cumplidos los requisitos de acceso, a cada proyecto se le asignará una puntuación en base a una tabla de criterios automáticos entre los que se encuentran:

1- Criterios culturales: que la película esté rodada en castellano o en lenguas cooficiales, así como otros criterios

2- Solvencia técnica promotor del proyecto (productor): número de espectadores películas estrenadas; media de países en los que se han vendido las últimas películas; participación en festivales o premios

3- Viabilidad económica, financiera y difusión del proyecto: contratos con distribuidoras; con agente de ventas internacionales; con televisión o si se trata de una coproducción internacional

4- Impacto socioeconómico y de la inversión en España: porcentaje de inversión en España; incorporación de becarios al equipo; fomento de género; película de animación; película destinada a un público infantil.

A cada uno de estos criterios se le asigna una puntuación, cuyo baremo se encuentra publicado en la Orden Ministerial. Para obtener el 100% de la ayuda esperada, habrá que tener al menos un porcentaje del total de 60 puntos. La cuantía de la ayuda a percibir podrá ser de hasta un 40% del coste, con un límite de 1,3 millones de euros.

Los pagos se realizarán en 3 momentos:

  • Un 20% con la adjudicación de la ayuda
  • Un 50% al inicio del rodaje
  • Un 30% con el reconocimiento de costes. En este caso, se liquidarán los aspectos incumplidos.

Sobre las ayudas selectivas

Se reserva un 15% de la cuantía total destinada a las ayudas a la producción de largometrajes a estas ayudas selectivas. Para presentarse a la convocatoria, deben cumplirse unos requisitos de acceso:

- Que el proyecto tenga un coste máximo de 1,6 millones de euros

- Que tenga asegurado el 10% de la financiación del proyecto

- Que el 50% del gasto revierta en España

- Que un 10% del presupuesto esté destinado a copias y publicidad

- Que su estreno sea simultáneo en al menos 20 cines del territorio español

El proceso se realiza en tres fases:

1. En la primera se aplican criterios objetivos relacionados también con el productor, la financiación, si es nuevo realizador, ayudas internacionales, coproducciones… Es necesario superar una puntuación mínima para acceder a las siguientes fases

2. Una vez superada, el proyecto es valorado por la comisión de expertos. Los especialistas en financiación de la comisión, valoran los aspectos presupuestarios y su realismo y adecuación a la película

3. En la última fase, los expertos de la comisión otorgan hasta un 40% de la puntuación en base a criterios de interés cultural, artístico, etc.

La cuantía de la ayuda a percibir podrá ser de hasta un 40% del coste, con un límite de 500.000 euros.

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