El pasado miércoles 15 de diciembre tuvo lugar la Segunda Edición del Campus Jurídico 2011/2012 en la Escuela Europea de Dirección y Empresa EUDE.
En esta ocasión el tema tratado fue la nueva regulación de la figura del becario en las empresas a raíz de los Reales Decretos 1493/2001 y 1543/2011, por los que se regulan las prácticas no laborales en las empresas. Pero la atención se centró en el nuevo Real Decreto 1707/2011 publicado en el BOE sólo unos días antes del Campus –concretamente el 10 de diciembre- y que cambia, de forma ambigua, las disposiciones anteriores. Para este tema se contó con dos ponentes de excepción: por un lado, Don Manuel Iglesias Cabrero (Magistrado Emérito de la Sala Cuarta del Tribunal Supremo); y por otro, Doña Alejandra Rodríguez del Castillo (Responsable del Área Jurídico-Laboral del Departamento Legal de Vodafone España, S.A.U.).
La relevancia de los ponentes y la importancia actual del tema propuesto provocaron un gran poder de convocatoria. La participación de los asistentes fue especialmente activa a lo largo de toda la sesión, poniendo de manifiesto las grandes lagunas jurídicas detectadas y las contradicciones existentes entre las anteriores disposiciones y el reciente Real Decreto 1707/2011. En palabras de Doña Alejandra Rodríguez del Castillo la principal novedad es que “la obligación de cotización a la Seguridad Social que exigía el Real Decreto 1493/2011 a los estudiantes, de grado o de máster, en las prácticas externalizadas en empresas retribuidas mediante becas, se ha visto en parte excluida en el último Real Decreto 1707/2011, generando una gran incertidumbre”.
Efectivamente, como apunta Doña Alejandra Rodríguez del Castillo, no puede decirse que haya sido total, sino parcial, la exclusión de dicha obligación de cotización, ya que en palabras del Magistrado Don Manuel Iglesias Cabrero, el principal problema reside “en la definición de estudiante universitario, que no queda clara”, pudiendo interpretarse que un estudiante de máster, por ejemplo, es estudiante universitario a pesar de ya haber obtenido un título. Siendo éste un punto fundamental para determinar la obligación de cotización.
En conclusión, los diferentes cambios que desde el mes de agosto se han dado en la regulación de la figura del becario en las prácticas en empresas, ponen de manifiesto una improvisación latente en este ámbito legislativo, dejando una situación ambigua y poco clara, en la que ambos ponentes coincidieron.