X

Uso de cookies:Utilizamos cookies propias y de terceros para mejorar la experiencia de navegación y ofrecer contenidos y publicidad de interés. Si continúa navegando, consideramos que acepta su uso. Puede obtener más información, o bien conocer cómo cambiar la configuración, en nuestra Política de cookies

Enviar nota de prensa

Síguenos en:

Twitter NotasDePrensa Facebook NotasDePrensa RSS NotasDePrensa
NotasDePrensa

El medio n° 1 de notas de prensa en España

Las entidades financieras potencian los controles Know Your Customer o KYC

Foster Swiss ha realizado un estudio entre sus clientes, donde el 91% de ellos ha manifestado el considerable aumento de las Know Your Customer o KYCpor parte de las entidades financieras. Un proceso de supervisión y control para conocer las relaciones comerciales de éstos

Publicado en Madrid el en Finanzas por

Kit de Medios

Nota de Prensa
descargar pdf descargar doc
Imágenes
descargar zip

Compartir

Fotografia El KYC es el mejor vehículo contra el blanqueo de

Cada vez son más los clientes que afirman que sus propias entidades financieras aplican lo que se conoce como Know Your Customer o KYC. Se trata de vehículos para el control financiero con el objetivo de tener como clientes a personas involucradas en delitos de corrupción o delitos de blanqueo de capitales, entre otros. Y aplicados tanto a viejos como nuevos clientes.

Los KYC en España se regulan en la Ley de Prevención de Blanqueo de Capitales y Financiación del Terrorismo (LPBC/FT), con fecha de 2010. Concretamente, en los capítulos del 3 al 5 donde se habla de la doble identificación financiera de clientes.

Dicha identificación de los clientes en las entidades financieras para los Know Your Customer o KYC se lleva a cabo mediante la presentación de: DNI, NIF, pasaporte y NIE si el cliente es extranjero. Y es que, como mecanismo de control financiero, las entidades deben conocer quien se encuentra detrás a la hora de abrir una sociedad, abrir una cuenta, etc…

En el artículo 5, la Know Your Customer o KYC obliga a una doble identificación financiera. Es decir, cuál es el motivo por el cual el cliente realiza una relación comercial con dicha entidad financiera. Y también requieren de la presentación de nóminas, pagos a la SS de los autónomos, o las declaraciones de IRPF, entre otros documentos.

Las identificaciones financieras en España de Know Your Customer o KYC es requerida tanto a viejos como a nuevos clientes pudiéndose pedir en cualquier momento. En el caso de que el cliente se negara a entregar la documentación en este proceso de Know Your Customer o KYC, la entidad financiera puede dejar de prestar sus servicios con el cliente y cerrar de inmediato sus cuentas.

Como mecanismo de control financiero se ha consolidado como el mejor para comprobar en todo momento cuáles son las relaciones comerciales y el trabajo en sí de sus clientes. Además, también busca si sus movimientos financieros son coherentes con el trabajo que desempeñan estos clientes. En el supuesto de actitudes sospechosas en un KnowYour Customer o KYC, se debe comunicar al Servicio Ejecutivo de Prevención de Blanqueo de Capitales (SEPBLAC), organismo encargado contra el lavado de capitales en España.

Datos de contacto

Foster Swiss

91 290 75 25

Si deseas solicitar mas información sobre esta nota de prensa puedes hacerlo en el siguiente enlace:

Más Información
Notas de Prensa Relacionadas