Los remolques son vehículos que no todo el mundo tiene el placer de conocer, al menos en profundidad. Existen distintas leyes que exigen cumplir unas características en concreto para poder circular con ellos. En cada ciudad o comunidad estas características pueden cambiar, por lo que hay que estar atentos de las que debe cumplir el vehículo en la propia. Un remolque es la máquina o vehículo terrestre tirada por un motor, vivo o inerte, y unida por una cadena, barra o enganche.
Antes de hablar de las leyes hay que referirse a los distintos tipos de remolques, ya que depende del tipo de remolque le afectarán unas leyes u otras. Existen varios, entre ellos: los remolques pequeños o ligeros, acoplables a coches y camiones pequeños, y los remolques en configuración de tractor-remolque o no ligeros, mucho más grandes y con mayor capacidad. Dentro de los remolques pequeños se encuentran los cerrados, los de barcos y los recreativos o utilitarios, equipados para vivir dentro de ellos, son los comúnmente conocidos por remolques para coches. En los remolques en configuración de tractor-remolque se pueden encontrar los de plataforma, cisterna o contenedores, cada uno con una función distinta.
Las leyes varían según la comunidad autónoma en la que uno esté. Si es ligero es necesario que su MMA sea inferior o igual a 750Kg y no precisa de permiso de circulación ni matrícula propia, pero si la del vehículo tractor, tampoco necesita seguro independiente.
Los remolques no ligeros su MMA será superior a 750Kg y necesitará de un permiso propio de circulación para el remolque, una matrícula específica y es necesario que tenga el seguro obligatorio independiente del que tenga el vehículo tractor.
Como ya se ha especificado dependiendo de el lugar por el que se circule habrá unas normas u otras, pero las generales son las anteriormente nombradas.