Bruselas, 2 de diciembre de 2015.- La Comisión Europea ha propuesto hoy una ley europea de accesibilidad que establecerá requisitos comunes de accesibilidad para determinados productos y servicios clave que ayudarán, a nivel de la UE, a que las personas con discapacidad participen plenamente en la sociedad.
Los productos y servicios han sido cuidadosamente seleccionados en consulta con los ciudadanos, las organizaciones de la sociedad civil y las empresas. Entre ellos se incluyen los cajeros automáticos y servicios bancarios, los ordenadores personales, los teléfonos y equipos de televisión, los servicios de telefonía y audiovisuales, el transporte, los libros electrónicos y el comercio electrónico.
La Directiva propuesta tiene el objetivo de mejorar el funcionamiento del mercado interior, facilitando el que las empresas proporcionen productos y servicios accesibles a través de las fronteras. También se aplicarán requisitos comunes de accesibilidad en las normas de contratación de la UE y la utilización de los fondos europeos. La iniciativa estimulará la innovación e incrementará la oferta de productos y servicios accesibles para las personas con discapacidad (alrededor de ochenta millones) que viven en la UE.
Se ha puesto especial atención en garantizar la proporcionalidad de los requisitos, en particular para las pequeñas empresas y microempresas. Hay cláusulas de salvaguardia para que los requisitos de accesibilidad no impongan una carga excesiva, y las medidas de cumplimiento para las microempresas son menos rigurosas. La experiencia muestra que, en la mayoría de los casos, es rentable económicamente suministrar productos accesibles, en particular, cuando la accesibilidad se prevé en la fase de diseño.
Marianne Thyssen, comisaria de Empleo, Asuntos Sociales, Capacidades y Movilidad Laboral, ha manifestado: «La discapacidad no debe ser una barrera para la plena participación en la sociedad, del mismo modo que el comercio transfronterizo de productos y servicios accesibles no debe verse entorpecido por la ausencia de una normativa común de la UE. Con esta ley queremos profundizar el mercado interior y aprovechar su potencial en beneficio de las empresas y de los ciudadanos con discapacidad. De hecho, esto puede ser beneficioso para todos.»
La ley europea de accesibilidad hará que sea más fácil para los fabricantes y los proveedores de servicios exportar productos y servicios que cumplan los requisitos de la UE, ya que no tendrán necesidad de adaptarse a normas nacionales divergentes. En particular, esto ayudará a las pequeñas empresas a aprovechar al máximo el mercado de la UE.
El resultado será que las personas con discapacidad se beneficiarán de una mayor oferta de productos y servicios accesibles a precios más competitivos. Esta mejora de la oferta también puede beneficiar a los ciudadanos de más edad con necesidades de accesibilidad similares, así como a otras personas que experimenten dificultades debido a un accidente, una enfermedad pasajera o un entorno desfavorable, por ejemplo, con poca luz o ruido fuerte. Esto ayudará a aumentar la participación activa en la sociedad, sin olvidar la educación y el empleo, y aportará más autonomía y oportunidades de movilidad.
Contexto
Alrededor de ochenta millones de personas en la UE se ven afectadas por algún grado de discapacidad. Debido al envejecimiento de la población, es previsible que esta cifra llegue a los ciento veinte millones de aquí a 2020. La accesibilidad es una condición indispensable para la participación activa de estas personas en la sociedad y puede contribuir a garantizar un crecimiento inteligente, sostenible e integrador.
La Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad contiene obligaciones en materia de accesibilidad. En ella se exige que las Partes, como la UE y los Estados miembros, tomen las medidas necesarias, incluida la legislación, para garantizar la accesibilidad. Sin una intervención de la UE, cada país de la Unión continuará adoptando legislaciones diferentes para cumplir sus obligaciones, lo que implicará una fragmentación cada vez mayor del mercado de la UE.
La actuación de la UE puede prevenir esa fragmentación y crear más oportunidades de mercado para las empresas. Puede reducir el coste de los productos y servicios accesibles y beneficiar a los presupuestos públicos a largo plazo, reduciendo la dependencia de las personas de edad avanzada y de las personas con discapacidad.
La UE ratificó en 2011 la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, que trata la discapacidad como una cuestión de derechos humanos, y no desde una perspectiva médica o de caridad. Esta Convención aborda los derechos civiles, políticos, económicos, sociales y culturales, y una amplia gama de ámbitos de actuación: de la justicia al transporte, pasando por el empleo y las tecnologías de la información, etc. El artículo 9 de la Convención establece las obligaciones de accesibilidad de los Estados Partes, que deben asegurar el acceso de las personas con discapacidad en igualdad de condiciones con las demás.
Todos los Estados miembros han firmado la Convención y veinticinco de ellos la han ratificado. Irlanda, Países Bajos y Finlandia están preparando su ratificación. Esto significa que la UE y los Estados miembros Partes se han comprometido a promover y proteger los derechos de las personas con discapacidad consagrados en la Convención de las Naciones Unidas, dentro de sus respectivas competencias.
Más información
Véase también una ficha informativa.
Noticias en el sitio web de la Dirección General de Empleo
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