El pasado mes de Febrero de 2013, el gobierno de España mejoró una serie de condiciones sobre la capitalizacion del paro, con el objetivo de aumentar significativamente el número de personas que puedan obtener beneficios mediante el autoempleo y el emprendimiento.
La capitalizacion del paro consiste en incentivar la creación de empresas especialmente por parte de la población joven, es decir, iniciar una determinada actividad por cuenta propia, un negocio propio, que pueda crecer y así generar nuevos puestos de trabajo en un futuro. Para solicitar la capitalizacion del paro es necesario cumplir una serie de requisitos:
1. Estar en situación de desempleo (no se debe estar en situación de alta en la seguridad social). 2. Estar percibiendo la prestación de desempleo. 3. No estar actualmente en un ERE. 4. No ser un empleado fijo discontinuo. 5. Tener como mínimo 3 meses de prestación todavía por percibir. 6. Que en los 4 años inmediatamente anteriores a la solicitud de capitalización del desempleo, no la haya solicitado ya. 7. Que la actividad nueva que vaya a desarrollar (con dicho pago único) sea una actividad por cuenta propia / autónomo, o relativa a la constitución o incorporación a una cooperativa o sociedad laboral como socio empleado. 8. Que dicha actividad se inicie inmediatamente (plazo máximo de 30 días) desde la confirmación de que dicho pago único ha sido concedido.
La aprobación del Real decreto 1975/2008 del 28 de noviembre sobre medidas urgentes en materia económica, fiscal, de empleo y de vivienda eliminó la norma que restringía la capitalizacion del paro para autónomos a aquellos que acreditasen un grado de minusvalía igual o superior al 33%
La capitalizacion del paro puede solicitarse en la Oficina de Empleo o Dirección Provincial de la Entidad Gestora correspondiente (el antiguo INEM ahora “Servicio Público de Empelo Estatal). Se puede solicitar tanto en el momento de tramitar la prestación por desempleo que se pretende capitalizar como en cualquier momento posterior. El paro unico del paro se puede solicitar a la vez que la prestación por desempleo. Debes presentar la solicitud junto con una memoria de la actividad que vas a realizar, teniendo en cuenta que la actividad (o la constitución o incorporación) no puede haber sido iniciada todavía en el momento de dicha solicitud.
Sin duda, surgen muchas dudas en dicho proceso, entre las cuáles la duda principal es qué ocurrirá si esa nueva actividad no fructifica, es decir, si el nuevo negocio fracasa, qué ocurrirá con dicha cantidad económica. En el caso de que quedara prestación que no hubiese sido capitalizada, podría solicitarse el pago único de dicha prestación no capitalizada si no han transcurrido todavía 2 años desde el inicio de dicha actividad (5 años para menores de 30).