Por obtener menos ingresos el progenitor obligado al pago de alimentos
El cese de la convivencia supone una situación más gravosa, económicamente hablando; uno de los cónyuges tendrá que trasladarse de su domicilio, lo cual implica gastos nuevos de arrendamiento o compra; tambien se unen los gastos derivados del régimen de visitas, como la posible liquidación de la sociedad comyugal.
Todos estos factores hay que tenerlos en cuenta cuando se fije el contenido de la pensión alimenticia. Lo que no se puede prever son aquellas alteraciones de eotra indole que pueden ser las variaciones relacionadas con el puesto de trabajo (despido,jubilación anticipada,reducción de la jornada laboral y por lo tanto disminución del salario, etc....)
Todas estas alteraciones pueden producir una situación de empobrecimiento, que puede conducir a la imposibilidad de hacer frente al abono de la pensión alimenticia, lo cual nos llevara a plantear una demanda de modificación.
Quien presente la demanda vendrá obligado al cumplimiento de los requisitos exigidos para la modificación por la causa de disminución de los ingresos.
Presupuestos necesarios:
La disminución de los ingresos ha de ser posterior a la sentencia en la cual se fijaran las medidas.
La disminución debe tener entidad suficiente y relevante para justificar la modificación.
La situación no debe tener carácter puntual.
Las circunstancias que motiven dicha disminución deben ser ajenas al obligado pago.
La disminución debe estar acreditada.
En la demanda habrá de tenerse en cuenta, por un lado, la situación económica en el momento de dictarse las medidas y, por otro, lado la situación actual. Comparándolas deduciremos si ha habido una disminución efectiva y a cuanto asciende. Seguidamente será necesario acreditar que la situación actual no es puntual, y que su origen no se debe a la voluntad del obligado al pago. Recordemos que el articulo 1.214 del Codigo Civil señala que la carga de la prueba recaerá sobre el actor.. En referencia a la situación laboral nos podemos encontrar con diferentes supuestos, cada uno de los cuales merece un estudi aparte. Simplemente anotaremos las diferentes posiblilidades:
El trabajador por cuenta ajena:
Cuando el actor sigue en la misma empresa:
Cuando el actor de ja la empresa anterior para incorporarse a una nueva:
El trabajador autónomo o por cuenta propia:
El obligado al pago pasa a estar en la situación de jubilado:
El obligado al pago se encuentra en situación de desempleo:
En cada uno de los casos mencionados habrá que estudiar de forma pormenorizada las circunstancias en que se producen, así como la documentación justificativa aportada.