La Asociación para el Fomento de Alquiler señala que el arbitraje permite que solo el 35% de los casos de conflicto lleguen al desahucio

Los datos aportados por Arrenta contrastan con los que reconoce la Sociedad Pública del Alquiler, dependiente del Ministerio de Fomento, que alcanzan hasta el 8% de casos de impago en los alquileres que gestionan El 25% de los casos de impago se solucionan sin ni siquiera llegar al procedimiento arbitral. Además, del 75% restante, más de la mitad se solventan en un plazo máximo de un mes, por lo que de cada 100 casos de impago de alquileres asegurados por Arrenta, tan solo 35 precisan llegar al desahucio, dado que el resto se solucionan antes

Madrid, 20 de diciembre 2011 – La Asociación para el fomento del alquiler y acceso a la vivienda, Arrenta, ha señalado que la garantía que ofrece el arbitraje como medida preventiva permite reducir drásticamente el impago por parte de inquilinos. Así, según los datos de la asociación, solo el 0,5% de los alquileres garantizados mediante su servicio de arbitraje y de garantía del cobro de las rentas impagadas se ven afectados por un conflicto.

Los datos aportados por Arrenta contrastan con los que reconoce la Sociedad Pública del Alquiler, dependiente del Ministerio de Fomento, que alcanzan hasta el 8% de casos de impago en los alquileres que gestionan.

“Los datos demuestran una vez más que la seguridad que aportan el arbitraje y la garantía de cobro de rentas para los propietarios está sustentada en hechos objetivos, ya que apenas sí se dan casos de impagos en los alquileres que garantiza Arrenta”, ha explicado Carlos Ruiz, gerente de la Asociación para el fomento del alquiler y el acceso a la vivienda, quien ha destacado que además los casos de morosidad en viviendas gestionadas por la Sociedad Pública del Alquiler “los pagamos todos”.

Rapidez en la resolución de conflictos

En opinión de Arrenta, el arbitraje no solo funciona como medida preventiva a la hora de evitar posibles conflictos en el arrendamiento de pisos, con la consecuente seguridad para los propietarios y los inquilinos, sino que permite una mayor celeridad a la hora de solucionar esos problemas. De hecho, el 25% de los casos de impago se solucionan sin ni siquiera llegar al procedimiento arbitral.

Además, del 75% restante, más de la mitad se solventan en un plazo máximo de un mes, por lo que de cada 100 casos de impago de alquileres asegurados por Arrenta, tan solo 35 precisan llegar al desahucio, dado que el resto se solucionan antes.

Garantía para un nuevo perfil de inquilino

“Hay dos cuestiones que pueden provocar el temor del propietario a la hora de alquilar su vivienda: por un lado que se produzcan impagos y por otro que, en caso de producirse, el problema se dilate en el tiempo y tarde en solucionarse. El arbitraje permite que ninguno de esos supuestos se produzca, ya que se reducen los casos de impagos y, en caso de haberlos, la resolución es más rápida que en otros procedimientos”, recuerda Carlos Ruiz.

El gerente de Arrenta añade que con motivo de la crisis se ha producido un cambio en el perfil del inquilino, que ahora tiene unos ingresos medios menores que hace unos años. “En la inmensa mayoría de los casos, si el pago de la renta supera el 30% o el 40% de los ingresos del inquilino no le aceptarán, sin embargo Arrenta puede llegar a asegurar un alquiler en el que el arrendatario llegue al 50% o el 55% de endeudamiento”, concluye Carlos Ruiz.

Sobre Arrenta

Arrenta, Asociación para el Fomento del Alquiler y Acceso a la Vivienda, tiene como principal objetivo fomentar el uso de herramientas y garantías para el acceso a la vivienda en alquiler.

Para impulsar definitivamente el mercado del alquiler y la vivienda en España, Arrenta aporta la seguridad que todas las partes exigen. Seguridad para resolver cualquier controversia derivada de un contrato de arrendamiento como el cobro de las rentas impagadas o la recuperación rápida de la vivienda.

Las herramientas para lograrlo son:

Garantía de Rentas. Se proporciona la cobertura de seis o doce meses de rentas a partir del inicio del conflicto y los costes del procedimiento cuando exista un impago. Cobertura de Actos Vandálicos. Asegurados los desperfectos producidos a mala fe por los inquilinos, hasta 3.000€. Defensa jurídica gratuita. En el caso de necesitar los servicios de abogado y procurador –por ejemplo, cuando el inquilino no cumple el laudo y éste deba ejecutarse en el Juzgado de Primera Instancia, o cuando no hay convenio arbitral y todo debe resolverse en los tribunales ordinarios. Arbitraje de Derecho, por el que se puede obtener un laudo (sentencia firme) en un plazo de 25 días. Esta agilidad permite el ahorro de 6 meses de media en comparación con acudir a los juzgados.